viernes, diciembre 20, 2024
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Impugnación al “Plan B” de la Reforma Electoral

El llamado “Plan B” de la Reforma Electoral sigue siendo causa de acusaciones mutuas entre los diputados y senadores de MORENA y quienes se consideran sus opositores. Todavía no se han acabado de discutir en el Senado las 4 leyes del segundo paquete que conforman la Reforma propuesta por el ejecutivo, y ya hay impugnaciones en la Suprema Corte de Justicia (SCJN) por parte del PAN, el PRD, y el INE. Y en medio de esta ola mediática de señalamientos y acusaciones, a los y las ciudadanas nos dejan llenos de dudas e incertezas.

¿Qué está pasando con la reforma electoral?

La información pública y mediática sobre la reforma electoral, ha tenido un tono mucho más de propaganda política que informativa, entre las acusaciones personales y la información maquillada poco se ha puesto a discusión pública que aspectos de la reforma electoral podrían convenir a la democracia y a los intereses comunes, y cuáles no.

Por ahora, hay dos leyes que ya fueron publicadas por el Diario Oficial de la Federación, y que por lo tanto son vigentes; Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, mismas que ahora están impugnadas ante la SCJN por el PAN y el PRD.

El segundo paquete, conformado de 4 leyes; Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, ya ha sido discutido y aprobado en San Lázaro y en estos días se discutirá, nuevamente, en la cámara de Senadores, faltando por revisar sólo un artículo que fue cambiado por la cámara baja, el relacionado a la cláusula de la vida eterna o de transferencia de votos.

La Cámara de Diputados, eliminó dicho artículo que permitía la transferencia de votos entre partidos políticos, algo que no contenía la iniciativa original y que ha sido criticado por beneficiar a partidos satélites. De aprobar el Senado dicha cláusula, las 4 leyes pasarían al ejecutivo para su publicación y promulgación.

Por su parte, los consejeros electorales del Instituto Nacional Electoral (INE) también han llamado a impugnar el “Plan B” a través de recursos legales. Ahora la Suprema Corte de Justicia cuenta con un plazo de 90 días desde la entrega de la controversia para determinar si es procedente o no la impugnación presentada por el PAN y el PRD.

¿Que buscan impugnar el PRD y el PAN?

El 23 de Enero, ambos partidos de oposición acudieron ante la máxima autoridad judicial de México solicitando una revisión para la impugnación a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, argumentando una controversia constitucional al considerar contrarias a la Carta Magna algunas de sus cláusulas.

En los medios de comunicación, el argumento principal para dicha controversia, según los propios representantes de los partidos PRD y PAN, recae en que la ley recientemente promulgada permite a servidores públicos difundir logros del gobierno fuera de los tiempos establecidos y, “agredir a opositores amparados por la supuesta libertad de expresión”, además de limitar la publicidad de estados y municipios. También se ha repetido en diversas ocasiones que dicha reforma lo que busca es favorecer al futuro candidato o candidata de MORENA para las siguientes elecciones presidenciales de 2024.

¿Qué dice el artículo relacionado a la impugnación del PRD y el PAN?

Artículo 9.- Queda prohibido difundir Campañas de Comunicación Social:

I. Cuyo contenido:

a) Tenga por finalidad destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier persona servidora pública…

b) Incluyan mensajes discriminatorios, estigmatizantes, sexistas…

c) Incite… al odio, la violencia o a comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico;

d) Induzca a la confusión utilizando los símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes empleadas por cualquier organización…

e) Presente como información con fines periodísticos menciones, notas, entrevistas o imágenes pagadas con recursos públicos, y

f) Se dirija a influir en la competencia entre los partidos políticos…y

II. Sea utilizada para:

a) Presionar, castigar, premiar, privilegiar o coaccionar a comunicadores o medios de comunicación determinados;

b) Otorgar recursos públicos encubiertos que beneficien, directa o indirectamente, a medios de comunicación o terceras personas, y

c) Difundir publicidad con contenidos y demás fines prohibidos por las disposiciones jurídicas aplicables.

¿Que busca impugnar el INE?

Lorenzo Córdova, presidente del Instituto Nacional Electoral, quien ha sido una de las principales figuras públicas en contra de la reforma electoral, hizo un llamado a la SCJN a resolver la inconstitucionalidad de las reformas aprobadas en diciembre pasado por Morena y sus aliados, y apeló a que la Corte “detenga ese auténtico desmantelamiento de la democracia”.

El Instituto Electoral ha dicho que solicitará a la SCJN la suspensión de la entrada en vigor del “plan B” de reforma electoral, ya que estas, según el instituto, pone en riesgo las elecciones de 2024.

En este documento, el consejo del INE expone principalmente que la reforma a la ley electoral:

  1. Reestructura la organización del INE en órganos desconcentrados y oficinas centrales eliminando Juntas Distritales y afectando a las Juntas Locales, lo que afectaría al Servicio Profesional Electoral Nacional, implicando una reducción equivalente al 84.6%.

2.- Hace reformas relativas a procedimientos electorales que generan afectaciones ya que, el proyecto retrasa tanto el inicio del Proceso Electoral Federal como la instalación de los consejos locales y distritales.

3.-Genera retroceso en la progresividad de derechos políticos ya que establece que los partidos políticos deberán incluir en la postulación de sus candidaturas a diputaciones a 25 personas pertenecientes a los grupos históricamente discriminados o subrepresentados en comparación a los 65 incluidos en las elecciones pasadas.

Por ahora la Reforma electoral está en manos de la SCJN. Se prevé que las cuatro leyes faltantes a discutir sean aprobadas en el Senado, ya que solo se necesita la mayoría simple para ello, con la cual cuenta MORENA. Pero, seguramente correrán la misma suerte que las 2 primeras leyes ya promulgadas e impugnadas.